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viernes, 31 de agosto de 2012

NOTARIA 10 CHALCO ESTADO DE MEXICO




www.notariadiez.com.mx

Teléfonos:   5973-0452 y 5973-0524
Dirección:   Benito Juárez No. 9, Col. Salitreria, Chalco, Estado de México, C.P. 56600
E-mail:          notariadiez@prodigy.net.mx

Más de 30 Años de Servicio y de Experiencia en la Función Notarial

El Notario es un profesional del derecho, titular de una función pública, nombrado por el Estado para conferir autenticidad y certeza a los actos y negocios jurídicos contenidos en los documentos que confecciona y expide llamados: escrituras públicas; así como para asesorar y aconsejar a los requirentes de sus servicios.

La Notaría Pública No. 10 del Estado de México tiene como titular al Lic. Roberto Mendoza Nava y brinda los servicios asistido por un grupo de profesionistas altamente capacitados y experimentados en la función notarial que sirven con respeto, honestidad, discreción y diligencia cubriendo las necesidades y expectativas de las personas que solicitan los servicios.




Servicios que se brindan:



Arrendamiento
Cancelación de hipoteca
Cancelación de usufructo vitalicio
Comodato
Compra – venta 
Compra – venta con constitución de mutuo con garantía hipotecaria (INFONAVIT, FOVISSSTE, ISSFAM, BANJERCITO, IMSS, ISSEMYN)
Constitución de Asociaciones Civiles
Constitución de Sociedades Mercantiles
Constitución de Sociedades
Cotejo parroquial
Dación en pago
Declaración unilateral de voluntad
Donación
Expedición de copias certificadas
Fe de hechos
Información testimonial
Otorgamiento de poder
Permuta
Protocolización de actas de asamblea de personas jurídicas colectivas
Protocolización de autorización de subdivisión, fusión de predios
Protocolización de régimen de propiedad en condominio
Protocolización de sentencias de usucapión, información de dominio
Ratificación de firma y contenido
Revocación de poder
Sucesiones Intestamentarias
Sucesiones Testamentarias
Testamentos.








¿Cuáles son las Principales Obligaciones de un Notario?

  
a)       Actuar de manera imparcial.- Es decir que cuando asesora a las personas que comparecen ante él, debe proteger los intereses de todos y no proteger los intereses de uno y desproteger los de otros.

b)           Redactar, leer y explicar.- Una vez que el Notario escuchó a los comparecientes, él se encarga bajo su responsabilidad de redactar el instrumento correspondiente y debe leerlo a los comparecientes o permitir que lo lean, así como explicar cuales son los alcances y las consecuencias de otorgar el acto de que se trate.

c)            Calcular, enterar y pagar los impuestos de las escrituras que autoriza. En efecto, el Notario debe calcular los impuestos, sean locales o federales en los casos que la ley así lo establezca, y pagarlos ya sea en la tesorería local o de la Federación.

d)           Inscribir en el Registro Público de la Propiedad.- Para efecto de dar publicidad a los actos que requieren de ese requisito, para ser oponibles a terceros, el Notario debe tramitar la inscripción de los testimonios en el Registro Público de la Propiedad y en el de Comercio correspondiente, a menos que el solicitante exprese que los tramitará por su cuenta.

e)           Guardar secreto profesional.- Como todo profesionista, el Notario no puede dar a conocer o divulgar         información relacionada con asuntos pasados ante su fe, a personas que no intervinieron en los mismos.


 
¿Por qué es Importante escriturar  mi casa o terreno?

 
Tu escritura es el documento que comprueba que eres el propietario. Te ayuda a que cuando quieras vender todo esté en regla y, en caso de herencia, permite transmitir el bien a tus herederos sin complicaciones.

Además, tu escritura evita posibles fraudes que pueden afectar el patrimonio familiar. 


 
¿Por qué conviene hacer mi
testamento?
 
Porque el testamento asegura tu patrimonio, garantizando su transmisión en forma ordenada y pacifica a quienes tu decidas.

Si no se realiza testamento, tu familia se enfrentará a gastos considerables, numerosos trámites, pérdida de tiempo y, en ocasiones, a graves problemas de enfrentamiento entre aquellas personas que consideren tener derecho a recibir los bienes.


Cuando alguien fallece sin haber otorgado  testamento, el intestado se tramita en una notaria si se cumplen ciertos requisitos de ley, o ante un juzgado de lo familiar con ayuda de un abogado, si existe controversia. En ésta situación, el Notario o juez que atiendan el caso determinarán qué personas son las herederas por ley.
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CONTACTO


Para asesoria personalizada, puedes acudir directamente a la Notaria o llamarnos o escribirnos.

Estamos a tus órdenes


Notaria 10 del Estado de México

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